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.: PREGUNTAS FRECUENTES

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1- ¿Debe tramitarlo el titular personalmente?
No. No es un tramite personal puede presentarse cualquier persona con la documentación correspondiente.

2- ¿Dónde se tramitan las credenciales?
En las sedes de O.S.P.I.C.A habilitadas para tramitar las credenciales:

CENTRAL
Tte. Gral Juan Domingo
Peron 3866
Capital Federal
Capital Federal
OSPICA MORON
Machado 881
Morón
Buenos Aires
OSPICA LANUS
Basavilbaso 2144
Lanús
Buenos Aires
OSPICA LUJAN
Avda.Flandes 241
Jáuregui
Buenos Aires
OSPICA MERCEDES
Calle 18 Nº 368
Mercedes
Buenos Aires
OSPICA BRANDSEN
Ferrari 215
Brandsen
Buenos Aires
OSPICA NASCHEL
 
Villa Cabaut
Naschel
San Luis
OSPICA VILLA MERCEDES
Barrio 200 Viviendas
Psje 9 C. 733
Villa Mercedes
San Luis
OSPICA SAN FRANCISCO
 
9 De Septiembre 2984
San Francisco
Córdoba
OSPICA GUALEGUAY
Maipu 327
Gualeguay
Entre Rios
OSPICA MENDOZA
 
Godoy Cruz 256
Maipú
Mendoza
OSPICA SALTA
B.Rivadavia 357
Rosario De Lerma
Salta
OSPICA LAS TOSCAS
 
Calle 12 Esq. 27
Las Toscas
Santa Fe
OSPICA ESPERANZA
Manuel Belgrano 2461
Esperanza
Santa Fe


3- ¿Cuánto tiempo se demoran las credenciales?
Solo en sede central las credenciales son entregadas en el mismo acto que se presenta el afiliado. Tanto en las renovaciones como en las afiliaciones.
En el resto de las delegaciones se recibe la documentación y en un periodo no inferior a los 15 días se entregan las credenciales.


4- ¿Cómo se renuevan las credenciales vencidas?
Las credenciales vencidas se renuevan presentando el ultimo recibo de sueldo en las delegaciones de O.S.P.I.C.A. no es necesario presentar las credenciales vencidas.

5- ¿A quienes puedo incluir en el grupo familiar y que debo presentar?
El grupo familiar primario esta compuesto por cónyuge e hijos reconocidos por el titular.
El grupo familiar secundario esta compuesto por convivientes, hijos del cónyuge o conviviente, padres y nietos. Siempre y cuando se cumplan con los requisitos, presenten la documentación que avale el vinculo y el recibo de sueldo donde conste la retención del 1.5% correspondiente a Familiar a cargo.


DOCUMENTACION A PRESENTAR

En todos los casos:

· Fotocopia del recibo de sueldo
· DNI del titular (1era y 2 da hoja)

Para incorporar a los hijos del trabajador

- Hijos menores de 21 años
· Fotocopia de las partidas de nacimiento de cada uno de los hijos
· Nº de CUIL de cada uno de los hijos.

- Hijos estudiantes de 21 a 25 años
· Fotocopia de las partidas de nacimiento de cada uno de los hijos
· Certificado de estudios en curso. Éste certificado debe presentarse al inico del ciclo lectivo y nuevamente al inicio del segundo cuatrimestre (agosto).
· Nº de CUIL de cada uno de los hijos.

- Hijos discapacitados
· Fotocopia de las partidas de nacimiento
· Fotocopia del certificado de discapacidad
· Nº de CUIL del menor

Para incorporar al cónyuge


· Fotocopia de la libreta, certificado o acta de matrimonio.
· Fotocopia de DNI del/ la cónyuge (1era y 2 da hoja)
· Nº CUIL del /la cónyuge

Para incorporar al conviviente

· Fotocopia de la información sumaria de convivencia
· Fotocopia de DNI de la/ del conviviente
· Fotocopia de recibo de sueldo donde conste la retención del 1.5 % correspondiente a familiar a cargo
· Nº de CUIL de la / del conviviente

Para incorporar a hijos del cónyuge o conviviente

· Fotocopia de la información sumaria donde constate que el menor se encuentra a exclusivo cargo del titular
· Fotocopia de la partida de nacimiento del menor
· Fotocopia del DNI del menor (1era y 2 da hoja).
· Nº CUIL del menor

Para incorporar a padres del titular

- Requisitos:
· Debe tener mas de 60 años
· No cobrar jubilación ni pensión

· Fotocopia de la información sumaria donde conste que se encuentra a exclusivo cargo del titular
· Fotocopia de DNI del padre/ madre (1era y 2 da hoja)
· Constancia emitida por ANSES donde conste que no es beneficiario del sistema jubilaciones y pensiones.
· Fotocopia de recibo de sueldo donde conste la retención del 1.5% correspondiente a familiar a cargo.
· Este beneficio incluye únicamente a padres del titular no abarca a los suegros del mismo.

Para incorporar nietos a cargo del titular

Requisitos:
· La madre o padre del menor debe ser a su vez hijo menor no emancipado del titular. Es decir que no trabaje y se encuentre a exclusivo cargo del titular.
· Tener la guarda o tutela otorgada por un juez de menores.

· Fotocopia de la resolución judicial donde se otorgue la guarda o tutela a favor del titular (no es suficiente la información sumaria)
· Fotocopia de partida de nacimiento del nieto
· Fotocopia de recibo de sueldo donde conste la retención del 1.5% correspondiente a familiar a cargo.
· Nº de CUIL del nieto


6- ¿Mi esposa/o trabaja en otra actividad le corresponde O.S.P.I.C.A?
Ningún miembro del grupo familiar a ser incorporado debe ser beneficiario de otra obra social. Ni en carácter de titular ni como familiar.
Si el /la cónyuge o los hijos fueran trabajadores activos en relación de dependencia son titulares en otra obra social.
Si quiere la cobertura de O.S.P.I.C.A debe ejercer opción de cambio por esta obra social.


7- ¿Cómo se tramita la información sumaria de convivencia?
La informaciones sumaria o declaración jurada se tramita ante un juez de paz en el juzgado que le corresponde al titular por domicilio.
En caso de capital se puede tramitar en los registros civiles o en los centros de gestión y participación del gobierno de la ciudad de buenos aires.
Deben concurrir con dos testigos mayores de 21 años con DNI.
Los testigos no deben ser familiares ni del titular ni del/ la conviviente.
La información sumaria es entregada en el momento
Esta información sumaria (fotocopia) debe ser presentada ante su empleador para solicitar la retención adicional del 1.5% correspondiente a familiar a cargo.
Una vez que se registre en el recibo de sueldo esta retención puede ser incorporada/ o el/ la conviviente.


8- ¿Cuánto tiempo puedo usar la obra social después de finalizar mi relación laboral?
La cobertura de la obra social se extiende por un periodo de 90 días desde la finalización de la relación laboral

9- ¿Cómo es el tramite para optar por esta obra social?
Para elegir esta obra social debe presentarse el titular (quien desee optar) con su recibo de sueldo y DNI.
El alta en O.S.P.I.C.A será a los 90 días de la fecha de opción.
Mientras tanto el beneficiario deberá utilizar los servicios de la obra social en la que se encuentra al día de iniciar el tramite de opción
El trabajador puede ejercer el derecho de opción desde el momento mismo del inicio de la relación laboral.


10- En mi trabajo anterior opte por otra obra social, ahora ingrese a una empresa que le corresponde O.S.P.I.C.A y no registran mis aportes. ¿Por qué?

Las opciones de obra social no se anulan con el cambio de empleador.
Si un trabajador ejerció opción de cambio de obra social, los aportes serán derivados siempre a esa obra social. Pero mas que actualmente se encuentre trabajando en otra empresa que por actividad le corresponda esta obra social.
Para ¨anular¨ la opción se debe informar a la superintendencia de servicios de salud la voluntad de obtener O.S.P.I.C.A. Este tramite se realiza exclusivamente en la superintendencia.
No están autorizadas las obras sociales a realizarlo.
Para más información con respecto a este tramite. Contáctenos.
 

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